Información de Tu Seguridad Social
Novedades y avisos relacionados con esta plataforma.-
Ya está disponible el certificado de retenciones del IRPF del ejercicio 2022
24/02/2023
Ponemos a disposición de quienes hayan percibido alguna prestación sujeta al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) el certificado de retenciones del ejercicio 2022. Puedes descargártelo en el enlace "Certificado de IRPF" una vez hayas entrado a Tu Seguridad Social. Este certificado estará disponible para su descarga durante todo el ejercicio.
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Solicitud de Jubilación para Representantes
21/10/2022
Se ha habilitado el acceso a la Solicitud de Jubilación para representantes a través del Portal Tu Seguridad Social. Este nuevo servicio permitirá a los representantes no apoderados (cualquier representante no inscrito en el Registro de Apoderamientos) la presentación de solicitudes de jubilación en nombre de otros, previa autorización por los representados mediante un enlace que recibirán a través de un SMS en su teléfono móvil. Para usar este servicio, es necesario que el representante disponga de Certificado Digital o Cl@ve permanente y que el representado tenga su teléfono móvil registrado en las bases de datos de la Seguridad Social.
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Ya está disponible el certificado de retenciones del IRPF del ejercicio 2021
23/03/2022
Ponemos a disposición de quienes hayan percibido alguna prestación sujeta al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) el certificado de retenciones del ejercicio 2021. Puedes descargártelo en el enlace "Certificado de IRPF" una vez hayas entrado a Tu Seguridad Social. Este certificado estará disponible para su descarga durante todo el ejercicio.
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Información sobre la paga única de las pensiones
31/01/2022
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 garantiza el poder adquisitivo de las prestaciones al establecer en su disposición adicional cuadragésima sexta que si el Índice de Precios al Consumo experimenta un incremento medio entre diciembre de 2020 y noviembre de 2021 superior al 0,9%, procede abonar en un pago único la diferencia entre la prestación percibida en 2021 y la que hubiere correspondido percibir si las prestaciones se hubieran revalorizado con el IPC real.
Ese pago único, por la diferencia entre el importe de la prestación percibida durante el ejercicio 2021, y el que hubiese correspondido de haberse revalorizado la pensión en dicho ejercicio con el IPC real lo perciben:
- Pensionistas cuyas pensiones se hubiesen causado con anterioridad al 1 de enero de 2021 y que hubiesen sido objeto de revalorización en dicho ejercicio.
- Pensionistas cuyas pensiones se hubiesen causado en 2021, derivadas de otra pensión causada con anterioridad al 1 de enero de 2021: pensión de viudedad/orfandad causada en 2021, derivada una jubilación/incapacidad permanente causada con anterioridad al 1 de enero de 2021.
- Pensionistas cuyas pensiones se hubiesen causado en 2021 y estuviesen limitadas, en su importe, a la cantidad de 2.707,49 euros mensuales.
- Pensionistas cuyas pensiones se hubiesen causado en 2021 y hayan percibido la cuantía mínima establecida para cada clase de pensión.
- Pensionistas del extinguido SOVI, excepto aquellos cuyas prestaciones tengan cuantías fijas a las que no sea de aplicación lo dispuesto en la Ley 9/2005, de 6 de junio.
- Perceptores de asignación económica por hijo o menor a cargo con dieciocho o más años y con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, cuyas prestaciones se hubiesen sido objeto de revalorización en dicho ejercicio.
- Perceptores de ingreso mínimo, que hubiesen mantenido su derecho tras la actualización de la cuantía de la prestación. El pago único, se calcula por la diferencia entre el importe de la prestación de ingreso mínimo vital percibida durante el ejercicio 2021, y el que hubiese correspondido de haberse revalorizado la prestación en dicho ejercicio con el IPC real más un 0,9% complementario.
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Nuevo diseño de entrada al portal Tu Seguridad Social
30/03/2021
Se renueva la imagen de entrada al portal de Tu Seguridad Social preparando la inminente apertura del portal a apoderados inscritos en el Registro Electrónico de Apoderamientos. Además, podrás acceder a algunos servicios como representante
de otra persona que tenga registrado el número de móvil en la seguridad social.